En respuesta a zafira_8074059
Perdida de beneficios
hola,
tengo entendido que los dos primeros años q te acoges a Guarda Legal computas al 100%, pero pasados estos 2 años cotizas por las horas q realizes, por lo que si pasados estos 2 años la empresa cierra, te echa... cobraras del paro a razón de las horas que realizes, y te indemnizan por ese sueldo, es asi?
Cotización durante la reducción de jornada
Cotizas al 100% los dos primeros años a efectos de jubilación, de paro, etc. Después de esos 2 años, sigues cotizando al 100 a efectos de paro (aunque lleves 5 años de reducción de jornada por guarda legal, te tienen que dar el mismo paro que si trabajaras la jornada completa), pero a efectos de pensión de jubilación cotizarás solo por el número de horas que trabajes.
Por cierto, si estás de reducción de jornada el despido es nulo (a menos que sea por un motivo muy especial como cierre de la empresa) si tú lo denuncias. En caso de que haya un motivo muy especial por el que despedirte, la indemnización sería igual que si trabajaras a jornada completa independientemente de cuántos años lleves con reducción de jornada.
Me gustaría que alguien me resolviese una duda ¿habéis oído si se va a ampliar hasta los 12 años en la empresa privada? Mi hija cumple 8 años dentro de poco y se me acaba. Era una promesa electoral de ZP, y ahora que hay tanta falta de trabajo pues digo yo que es buen momento para ampliar los años de la reducción de jornada. Lo de los 12 años ya lo tienen los funcionarios, pero la empresa privada, con horarios peores, no tenemos ese derecho. Luego se quejan del fracaso escolar ¡pero si los niños están por las tardes solos en casa!