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25 de octubre de 2011 a las 18:42
30/10/08 a las 19:47
Mi pregunta es : ¿los seguros de accidentes personales cubren por fallecimiento e invalidez sólo en el caso de que esta ocurra por tu trabajo, o por cualquier circunstancia?. Es que una amiga tiene un seguro de accidentes porque es autónoma. Ella es profesora de baile. En el seguro se indica su profesión. Y pone: 120.000 por fallecimiento e invalidez permanente. 30/día con franquicia de 7 días por incapacidad temporal derivada de AT y EP. Entonces ya no se yo si en el caso de que te quedaras invalido, pero no fuera a consecuencia de la realización de tu profesión, te lo cubriría el seguro... ¿normalmente como son este tipo de seguros?
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2/12/08 a las 7:27
Seguros de accidente Hola Sashanais. Tu amiga tiene un seguro de accidente y de incapacidad laboral. Le cubrirá todo tipo de accidentes, la profesión se pide para saber en que grupo de riesgo está, pues no es lo mismo ser secretario que albañil o transportista de mercancias peligrosas.
Te puedes hacer un seguro de accidentes con solo fallecimiento e invalidez y añadirle la incapacidad temporal o no.
La gran diferencia entre la invalidez de un seguro de vida y uno de accidentes, es que en el primer caso solo es por la invalidez absoluta y permanente y en el de accidentes hay un baremo, y cobrarias aunque solo el dedo meñique del pie izquierdo se quedara inutil.
Espero haberte sido util.
Angela Martín. Inspectora de seguros Especialista en alto riesgo. telf: 649 565 721 pizquita2010@hotmail.com
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25/10/11 a las 18:42
En respuesta a
Seguros de accidente Hola Sashanais. Tu amiga tiene un seguro de accidente y de incapacidad laboral. Le cubrirá todo tipo de accidentes, la profesión se pide para saber en que grupo de riesgo está, pues no es lo mismo ser secretario que albañil o transportista de mercancias peligrosas.
Te puedes hacer un seguro de accidentes con solo fallecimiento e invalidez y añadirle la incapacidad temporal o no.
La gran diferencia entre la invalidez de un seguro de vida y uno de accidentes, es que en el primer caso solo es por la invalidez absoluta y permanente y en el de accidentes hay un baremo, y cobrarias aunque solo el dedo meñique del pie izquierdo se quedara inutil.
Espero haberte sido util.
Angela Martín. Inspectora de seguros Especialista en alto riesgo. telf: 649 565 721 pizquita2010@hotmail.com
Seguros de accidente Puedes consultar todas las claúsulas y condiciones de la compañía asegurada además de pedir asesoramiento personalizado.
Luis Sáinz. Agente de seguros ING National Nederlanden. telf: 91 782 08 09 luis.scm@hotmail.com